sábado, enero 18

Urgente: Presidente Duque objeta seis artículos de la JEP

Por Gilberto Valencia
@Gilbertopina24

El presidente de la Republica Iván Duque, hizo hoy el anuncio de las 6 objeciones a la Ley Estatutaria de la JEP avalada por la Corte Constitucional, el anuncio se hizo por medio de una alocución que tardó 13 minutos.

El jefe de Estado dijo que después de analizar las objeciones durante un mes las reformas se llevaran a cabo de esta manera:

  1. Artículo 7 de la ley estatutaria “No establece de manera clara, la obligación principal de los victimarios, de reparar integralmente a las víctimas”. Los victimarios deben reparar materialmente a las víctimas, con sus bienes y activos.
  2. Inciso octavo del artículo 63 “es inconveniente para los colombianos, porque no determina el alcance de la competencia atribuida, al alto comunicado para la paz, para verificar la lista de quienes son reconocidos como miembros de grupos armados que se sometan a un proceso de paz”.
  3. El inciso 3ro del numeral J, el articulo 79 por su parte “trata de la suspensión de la justicia ordinaria, frente a personas cuyas acciones sean competencia de la JEP. No precisa las diligencias judiciales, que la fiscalía debe de abstenerse de realizar”.
  4. Parágrafo 2 del artículo diecinueve “la renuncia a la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra quienes no son máximos responsables, esa renuncia a la acción penal es inconveniente”.
  5. Artículo 150 “Respecto a la extradición de personas que sus conductas posteriores al acuerdo de paz, fueron inconvenientes, debido a que no precisa lo que no fue dicho en la ley de procedimiento de la JEP, donde la sección de procedimiento no puede practicar pruebas”.
  6. Artículo 153 “condiciona la extradición de otras personas, al ofrecimiento de la verdad, sin establecer ningún tipo de termino, ni oportunidad para hacerlo, bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad”

Inmediatamente después de terminada la alocución, se dio a conocer el pronunciamiento de Patricia Linares, presidenta de la JEP quien aclaró que “recibimos su decisión de objetar los artículos, sin embargo, tenemos la tranquilidad que brinda la afianzada tradición democrática que ha caracterizado nuestro país, de pleno respeto y autonomía de los poderes públicos, la cual garantiza el funcionamiento de la JEP, en el marco del proceso que sigue para contar con una decisión definitiva sobre la Ley Estatutaria, una importante herramienta, que servirá para afianzar los principios democráticos esenciales, como el de debido proceso y seguridad jurídica”

Presidente de la JEP dice que garantizarán su funcionamiento normal

Distintos sectores políticos, académicos y judiciales reaccionan a las objeciones del presidente Duque a la JEP

El primero en criticar al presidente Duque fue el subdirector de la Fundación Paz y Reconciliación, Ariel Ávila, quien dijo que “aunque la Corte Constitucional haya declarado exequible la Ley Estatutaria de la JEP” presenta objeciones. “Es decir, va en contra del Estado de derecho y hace algo no ajustado a derecho”, agregó el analista del conflicto armado.

En otra arista está el presidente de Fedegán, la agremiación ganadera más importante del país, José Felix Lafaurie quien celebró las objeciones presentadas por el gobierno nacional. “El país recibe con beneplácito las objeciones a la Ley Estatutaria de la JEP y se destaca el llamado de Iván Duque para buscar un gran consenso nacional donde no hay amigos y enemigos de la paz”, escribió el líder gremial.

El senador de la lista Decentes, Gustavo Bolívar, sostuvo que al objetar seis artículos de la Ley y anunciar una reforma constitucional, el “presidente Duque acaba de mandar al monte a miles de ex combatientes que cumpliendo su palabra, entregaron sus armas”. “La historia de responsabilizará a él y a su patrón de haber roto la paz”, agregó el congresista al referirse al ex presidente Álvaro Uribe.

Mientras que la senadora del Centro Democrático, María Fernanda Cabal, aplaudió al Gobierno Nacional por la presentación de las reformas a la jurisdicción especial.

Constitucionalistas han advertido que “en el caso de proyectos de leyes estatutarias que ya tuvieron control previo de la H. Corte Constitucional, los asuntos que sean objetados por el Presidente no pueden referirse a temas ya decididos por ésta; es decir que por la vía de las objeciones no es posible”:

i) intentar revivir disposiciones declaradas inexequibles;

ii) reabrir la discusión sobre la constitucionalidad de normas declaradas constitucionales;

iii) revertir las decisiones de constitucionalidad condicionada; e

iv) ir contra interpretaciones directas de la Constitución hechas por la H. Corte Constitucional en otras sentencias para variar el contenido normativo del proyecto revisado.

Revisadas las objeciones presentadas por el presidente de la República se advierte de manera clara que los temas de que tratan fueron objeto de decisión constitucional definitiva por la H. Corte Constitucional en la sentencia C-080 de 2018.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *