lunes, febrero 10

Supersalud revoca parcialmente el funcionamiento de Compensar EPS en diez departamentos

La Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) emitió el pasado 16 de enero de 2025 la Resolución No. 2025310010000215-6, mediante la cual revocó parcialmente la autorización de funcionamiento del Programa de Entidad Promotora de Salud (EPS) de Compensar en diez departamentos del país. Esta medida, que afecta a miles de afiliados, busca garantizar la estabilidad del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y la protección de los derechos de los usuarios.

De acuerdo con Supersalud, Compensar EPS dejará de operar en Antioquia, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Cauca, Meta, Norte de Santander, Risaralda, Tolima y Valle del Cauca, mientras que podrá continuar funcionando en Bogotá y Cundinamarca, donde cumple con las condiciones establecidas.

La decisión se fundamenta en incumplimientos relacionados con:

  • Condiciones de habilitación: Falencias en la capacidad de garantizar acceso adecuado a los servicios de salud.
  • Sostenibilidad operativa: Problemas en la administración de recursos que afectan la permanencia en el sistema.
  • Calidad en la atención: Dificultades para mantener estándares de aseguramiento y prestación de servicios.

Estos incumplimientos violan lo estipulado en el artículo 2.5.2.3.5.3 del Decreto 780 de 2016, que establece los requisitos mínimos para que una EPS opere en el SGSSS.

En medio de la decisión, la Supersalud impuso a Compensar EPS una serie de responsabilidades para garantizar una transición ordenada:

  • Continuidad en la atención: Los usuarios seguirán recibiendo servicios médicos y medicamentos hasta que se complete el traslado a otras EPS.
  • Transferencia de información: La EPS deberá entregar bases de datos completas y actualizadas sobre los afiliados a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) y a las EPS receptoras.
  • Pago de deudas: Compensar deberá presentar un plan claro para saldar sus obligaciones financieras con prestadores y proveedores.
  • Colaboración institucional: La entidad deberá garantizar el acceso a información para el seguimiento del proceso por parte de la Supersalud.

Por ahora, los afiliados de los diez departamentos afectados serán reubicados en nuevas EPS seleccionadas según los criterios del Decreto 719 de 2024. Este proceso priorizará a pacientes con enfermedades crónicas o tratamientos especiales para evitar interrupciones en la atención.

La Supersalud ha asegurado que supervisará de cerca el traslado de los afiliados para garantizar que las EPS receptoras cumplan con los estándares de calidad, oportunidad y accesibilidad en la atención.

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