domingo, diciembre 8

Perú exime a la Fuerza Pública que cause lesiones o muertes cuando patrullen las calles por el coronavirus.

En el marco de la pandemia del coronavirus Covid- 19, Perú hizo una modificación en el código penal para eximir de responsabilidad a los agentes de la fuerza pública que con sus armas u otro medio de defensa cause lesiones o muerte cuando estén patrullando las calles.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos – CIDH-  a través de su cuenta de Twitter manifestó su preocupación sobre la absolución de Perú a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional. Además, le recordó a éste país que el uso de la fuerza debe ser excepcional para satisfacer el principio de legalidad, persiguiendo en todo momento reducir al mínimo los daños y lesiones que pudieran causarse.

El organismo de los Estados Americano señaló que: “en conformidad con estándares interamericanos, leyes nacionales no deben contemplar excluyentes de responsabilidad que impidan investigar y sancionar responsables de violaciones de #DDHH, en particular cuando los perpetradores son agentes del Estado”.

“En tal virtud, Perú debe investigar de oficio, juzgar y sancionar, mediante autoridades independientes e imparciales, a los agentes del orden, que, al emplear la fuerza, contravenga esos principios”, agregó la CIDH.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *