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Tras casi completar un mes de la petición, el Juzgado 26 Laboral del Circuito de Bogotá le ordenó inmediatez al ministro de Salud, Fernando Ruiz, para responder el derecho de petición presentado por el senador Jorge Enrique Robledo, el 28 de diciembre del 2020, sobre las negociaciones de las vacunas.
La jueza Olga Lucía Pérez emitió una decisión tras la tutela presentada el pasado 23 de enero, resaltando que el plazo máximo de respuesta era 15 días, que se extendían hasta el pasado 20 de enero.
En la decisión también se le aclaró a Robledo que su condición de congresista a las que acudió para exigir una respuesta en cinco días hábiles y no en 15 días como a cualquier ciudadano, reseñando a la Ley Quinta de 1992 y al Estatuto de oposición, tuvo una serie de incongruencias.
“Tampoco puede concebirse que la omisión de respuesta bajo la óptica del artículo 16 de la Ley 1909 de 2018 sirva al propósito de concluir la violación al derecho fundamental revisto en el artículo 23 de la Carta Política. Dos son los argumentos que refuerzan este aserto. En primer lugar, porque el aquí accionante (Robledo) manifestó ostentar la condición de senador, mas no de quien ostentaría legitimación para ser beneficiario de dicha normativa. En este caso, la de representante de la organización política a la que pertenece. Y, en segundo lugar, porque la calidad de senador que manifestó ostentar lo asociaría con directrices del artículo 258 y siguientes de la Ley Quinta de 1992, es decir, la posibilidad de propiciar juicio de control político a propósito de salvaguardar el derecho de respuesta a la solicitud de informe por parte de quien estaba obligado a ello, en este caso, el Ministerio de Salud”, publicó El Espectador.
La jueza también resaltó que “la presente acción de tutela se interpuso el 13 de enero, puede concluirse que, en principio, para esa fecha no había vencido el término límite con el que contaba el Ministerio de Salud para propiciar respuesta y, por ende, se consideraría prematura la censura constitucional por violación al derecho de petición”, reza en el fallo.
Finalmente, Pérez determinó que, a pesar de lo anticipado de la tutela no exime al Ministerio de haber dado una respuesta en el tiempo dentro de la oportunidad (20 de enero) por lo que debe dar no solo una respuesta de inmediato sino también de fondo
De no entregarse una respuesta, se podría interponer una acción por desacato. El senador Robledo afirma que hasta la fecha no ha recibido la información requerida al Ministerio de Salud.
La juez laboral 26 de Bogotá, la doctora Olga Lucia Pérez, le ordenó al ministro de salud, doctor FERNANDO RUIZ, responderme el derecho de petición que se negó a responder.
Muy bien que la Justicia rechace las actitudes despóticas de los servidores públicos. pic.twitter.com/SNDJG4uD7S— Jorge Enrique Robledo (@JERobledo) January 25, 2021