miércoles, enero 22

Muerte de varios docentes en Barranquilla y su Área Metropolitana (denuncia)

Este es un espacio de expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Cuarto de Hora.

Por: Alberto Ortiz Saldarriaga/ [email protected]

Como muy delicada fue catalogada la situación de los docentes del sector oficial en el Distrito de Barranquilla y el Departamento del Atlántico. En estos dos entes territoriales no existen condiciones para el reintegro a las aulas a partir del 1 de agosto. Sólo en los últimos 10 días, que se conozca, HAN MUERTO OCHO (8) DOCENTES, la mayoría de ellos en BARRANQUILLA y los restantes en el ÁREA METROPOLITANA.

Y no es cuestión de exageración, a pesar de ser quintuplicada por Bogotá en número de habitantes, Barranquilla la duplica en número de casos por millón de habitantes (4.810) y casi la cuadriplica en número de muertes por millón (208) y tiene una letalidad (4,3%) mayor a la promedio del país (3,25). Atlántico no se queda atrás y es la tercera en casos por millón (2.078) después de su capital y de Bogotá (2.213) a quien supera en muertes por millón de habitantes (68 contra 53). Como motivo aún de mayor preocupación Barranquilla está incluso por encima del segundo país en el mundo (Brasil) que tiene 4.180 casos por millón y 207 muertes por millón de habitantes.

En esta situación y con una altísima ocupación de camas hospitalarias, hay, además, un número indeterminado de docentes en situación de salud delicada en UCI (Unidades de Cuidado Intensivo) lo que podría aumentar las cifras trágicas. Y aun cuando no se puede incurrir en la irresponsabilidad de afirmar que todos los decesos se hayan producido a raíz del COVID-19, lo cierto es que a la par de la pandemia, las presiones y el estrés también se están convirtiendo en una causa de morbilidad y mortalidad tan letal como el mismo coronavirus. Los casos de alteración de presión, la hiperglicemia y los infartos, por razones emotivas, están al orden del día, mientras que no se toman medidas administrativas.

Lo lamentable es que todas estas situaciones eran de alguna medida evitables, pero se ha colocado el cumplimiento de un cada vez mayor número de obligaciones impuestas por encima de la preservación de la salud y la vida de los educadores. La situación demandaba desde un principio la adopción de medidas que se solicitaron públicamente, pero se optó por el manejo de un doble discurso que hablaba de flexibilidad, al tiempo que aumentaba niveles de exigencias a rectores, coordinadores y maestros. Se ha venido advirtiendo y requiriendo darle atención y prevalencia a la salud física y mental de los docentes, pero nadie ha querido escuchar.

importante recordar la exhortación que hizo este servidor a los rectores el 17 de marzo (https://n9.cl/aedoc5); las propuestas efectuadas para viabilizar la virtualidad y evitar contagios por contacto personal en procesos como entrega de alimentos y guías (https://n9.cl/aedoc7); y las propuestas formuladas tanto al Alcalde de Barranquilla, Jaime Pumarejo, el 1 de mayo (https://n9.cl/aedoc9), como las cartas a la Secretaria de Educación Distrital, Bibiana Rincón Luque, del 25 de mayo “exigiendo respeto y consideración hacia los maestros” (https://n9.cl/aedoc10) o la formulada a la misma funcionaria el 8 de junio, donde se lanzaba un “SOS por la salud física y mental de los docentes y su derecho constitucional y fundamental al descanso necesario” y al no acoso laboral (https://n9.cl/albort3).

La situación se torna más crítica y delicada en función de circunstancias como la precaria atención que viene brindando el contratista del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio a los docentes y a sus núcleos familiares, esto es, el consorcio CLÍNICA GENERAL DEL NORTE-MEDIESP. Los maestros no están siendo adecuadamente atendidos. El prestador no se adecuó a las condiciones de la pandemia. En función del incremento de sus utilidades (a partir de la merma de consultas por miedo) ha habido incapacidad y falta de voluntad política para implementar programas que garanticen el confinamiento y protección de los docentes a partir de estrategias de telemedicina y práctica de pruebas y entrega de medicinas a domicilio en las condiciones de bioseguridad que aún no se evidencian, irresponsablemente, en las sedes físicas de atención.

Frente a la gravedad de la situación, el llamado es a la DESOBEDIENCIA CIVIL. Los docentes no tienen nada que ir a hacer a las escuelas y menos a entregar meriendas o guías exponiéndose innecesariamente. Son inaceptables las presiones que se hagan y tienen que ser visibilizadas a través de la DENUNCIA PÚBLICA. Toda orden que se dé y que arriesgue y comprometa la salud física y mental de los docentes, así como su vida, debe ser exigida por escrito, para permitir individualizar a quienes deberán responder disciplinaria, penal y civilmente por futuras muertes.

Igualmente el llamado es a NO DEJARSE ENGAÑAR. A quienes piensan que los trajes de BIOSEGURIDAD los protegerán frente al pretendido retorno, hay que recordarles, que las normas para su producción se flexibilizaron por parte del gobierno y que no cumplen estándares internacionales por lo que solo son un DISFRAZ INEFICAZ del CARNAVAL DE LA MUERTE.

Tampoco hay que ceder ante la propaganda velada en favor del retorno a las aulas. Un docente que fallece se reemplaza de un día para otro con un provisional. Un esposo o esposa, un padre o madre, un hijo o hija JAMÁS SE PUEDEN REEMPLAZAR. Ya como producto de un absurdo proceder que pretende convencernos de que es más importante el deber y el derecho a la educación que la vida misma, hay familias de rectores, coordinadores, tutores, psicorientadoras y docentes llorando y lamentado pérdidas irreparables. CASA DE VALIENTES es un reality en el que las eliminaciones son definitivas y sin retorno.

La Constitución en su artículo 11 otorga prevalencia al derecho a la vida. Además, el Constituyente del 91, en el artículo 49 constitucional, asignó a los ciudadanos el deber de “procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad”, lo que corroboró al instituir en el artículo 95, numeral 2, la obligación de “obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.” No existe, como muchos equivocadamente piensan, una grosera preeminencia del derecho a la educación de los niños y niñas sobre el derecho a la vida de docentes y padres, el propio artículo 44 Constitucional disipa toda duda al establecer una categorización en la que la vida, la integridad física y la salud figuran, en ese orden, primeros y la educación es undécima.

En memoria de Francisco Rudas Ariza; Dayana Patricia Jiménez Torregrosa (IED NS de la Candelaria); Luz Estela Martínez Moreno (IED 176); Simeleth Bernarda Flórez Bravo (IED GGM); Henry Torres Benítez (IED Santa Bernardita); José Luis Beltrán Hernández (IED La Luz); Luz Marina Luna Moreno (IED Miguel Ángel Builes) y Francisco Javier Castro Muñoz (IED El Santuario)

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *