martes, marzo 25

Ministerio del Trabajo expidió decreto para regular el trabajo remoto en Colombia

El presidente de la República Iván Duque, con el ministro de trabajo Ángel Custodio Cabrera, efectuaron la reglamentación del trabajo remoto, expidieron normativas en beneficio de los ciudadanos que siguen trabajando bajo esta modalidad para que conozcan sus derechos y deberes. 

Mediante el decreto 555 del 9 de abril de 2022, se realizó la reglamentación de la ley 2069 de 2020 Ley de Emprendimiento y la Ley 2021, Ley de Trabajo Remoto, legalizando de esta manera varias normas a tener en cuenta para esta modalidad de trabajo. 

En un comunicado emitido por el ministerio de trabajo, describe que el empleador y el trabajador no interactúan  físicamente, desde el inicio del contrato hasta la terminación y las tareas del empleador, se harán de manera virtual, haciendo uso de las tecnologías de la información y telecomunicaciones. 

Cabe resaltar que el empleado no debe asistir a las instalaciones de la empresa, ni siquiera para el proceso de contratación, este debe hacerse de manera virtual y haciendo uso de firma electrónica, así como está dispuesto en el Decreto 526 de 19 mayo de 2021. 

Haciendo buen uso del decreto, tenga en cuenta que si hace parte de esta población que trabaja en remoto, deberá asistir solo en tres de estos casos: Si debe hacer verificación de los estándares que deben cumplir las herramientas y equipos de trabajo, cuando se requiera instalar o actualizar manualmente los equipos, plataformas, software o aplicaciones y cuando se necesite adelantar proceso sancionatorio. 

Algunos de los trabajos que se pueden hacer remotamente contemplan a los profesionales en  desarrollo web, agente call center, analista de datos, community manager, diseñador web, editor de contenido, entre otros.  

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