martes, febrero 11

La Corte Suprema condenó al exgobernador de Vaupés, Wilson Ladino, por varios delitos 

En las últimas horas la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador del departamento del Vaupés, Wilsson Ladino Vigoya por los delitos de peculado por apropiación a favor de terceros y contrato sin cumplimiento de requisitos legales, en concurso heterogéneo.  

La condena que debe cumplir el ex funcionario incluye una medida de aseguramiento de 6 años y 10 meses, además de quedar inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por más de 82 meses y  pagar una multa de $460.247.550.

La decisión de la Sala Especial de Primera Instancia se dio al comprobar las irregularidades en la suscripción del contrato interadministrativo No. 001 el 26 de abril de 2005, celebrado entre la Gobernación del Vaupés y la Cooperativa Nacional de Desarrollo de Entidades Territoriales (CONALDE), con el que se buscaba entregar mercados en instituciones y centros educativos   

Según señala la providencia, este contrato se dio por terminado mediante liquidación bilateral, a pesar de que la Contraloría Departamental del Vaupés había advertido sobrecostos en materia de transportes e insumos, así como incumplimientos en las entregas de los mercados al ente departamental.  

En ese sentido, el contrato firmado por el exgobernador buscó favorecer a CONALDE y al arquitecto Heriberto Martínez Ramírez, quienes fueron las personas naturales y jurídicas que lo ejecutaron, según concluyó la Corte.  

“Es claro para la Sala, conforme a la valoración conjunta de las pruebas citadas, que los dineros que le fueron despojados a la entidad territorial, esto es los alusivos a sobrecostos por concepto de transporte y compra de alimentos, si bien fueron debitados o entregados a nombre de la cooperativa CONALDE en realidad fueron recibidos por el arquitecto Heriberto Martínez Ramírez quien fue el ejecutor real del contrato en estos principales aspectos, pues suscribió órdenes con esa entidad para transportar, supervisar, controlar, coordinar con proveedores y verificar la entrega de los alimentos al almacén de la Secretaría de Educación Departamental”, señala la providencia.  

La Corte Suprema resolvió también negar a Wilsson Ladino la suspensión condicional de la ejecución de la pena, así como el sustituto de la prisión domiciliaria, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte motiva. 

 

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