
La Corte Constitucional de Colombia ha tomado la decisión de revocar dos sentencias que previamente habían negado el estatus de derecho fundamental al aborto en el país. Las sentencias T-430 de 2022 y T-158 de 2023, que habían generado controversia, han sido anuladas. La Corte informó de esta decisión a través de un breve comunicado en el que se mencionó que los magistrados José Antonio Lizarazo, Jorge Enrique Ibáñez, Cristina Pardo y Paola Andrea Meneses respaldaron esta resolución.
La sentencia T-158 de 2023 sostenía que no se podía derivar un “derecho fundamental al aborto” ni se podía considerar su práctica como una obligación del sistema de seguridad social en salud.
En contraste, la sentencia T-430 de 2022 establecía que no era posible inferir de la sentencia C-055 de 2022 la existencia de un supuesto “derecho fundamental a la Interrupción Voluntaria del Embarazo”, ni su legalización, ni la obligación del sistema de seguridad social en salud de llevarlo a cabo. Sin embargo, tampoco afirmaba que estuviera prohibido ni que no existieran razones constitucionales para su práctica en circunstancias específicas.
Ambas sentencias estaban vinculadas a casos de mujeres indígenas que habían solicitado abortar y habían enfrentado negativas por parte de las autoridades indígenas. La decisión de la sala de revocar estas sentencias se fundamenta en el argumento de “desconocimiento del precedente y de la cosa juzgada constitucional respecto de lo decidido en la Sentencia C-055 de 2022”.
Entre tanto, Esta determinación desencadenará un nuevo proceso de análisis que buscará determinar si el aborto debe ser considerado un asunto de salud pública y si debe ser reconocido como un derecho.