Después de casi cuatros mese, por fin se resolvió el conflicto de competencia por el homicidio del joven Santiago Murillo, quien fue asesinado el pasado primero de mayo en Ibagué luego de recibir un disparo con arma de fuego a la altura del pecho, en el marco del Paro Nacional.
Tras un estudio del caso, la Corte Constitucional determinó que la investigación por el homicidio del joven Santiago Murillo sea tarea exclusiva de la justicia ordinaria, es decir, de la Fiscalía General de la Nación.
Con la decisión, la Justicia Penal Militar deberá apartarse del caso, que compromete al oficial Jorge Mario Molano, quien es el principal sospechoso de haber disparado contra el al joven de 19 años.
Para la Corte Constitucional quedó claro quedo claro que oficial Molano no accionó su arma de fuego para proteger su vida o de quienes estaban a su alrededor, “por lo cual no se puede catalogar como un acto del servicio y por ese motivo no puede ser atendido por la justicia Penal Militar, sino por la justicia ordinaria”.
“Este tipo de actuaciones evidencian una ruptura con el servicio que corresponde brindar a la Fuerza Pública y constituyen un comportamiento totalmente diferente a los imperativos constitucionales y legales, por lo que el conocimiento de la causa penal no se puede asignar a la justicia castrense (Justicia Penal Militar), sino que corresponde a la jurisdicción ordinaria”, argumentó la Corte.
Ahora, el mayor Molano, quien fue capturado el pasado 18 de junio, deberá responder ante la justicia por el homicidio de Santiago, quien regresaba a su casa después de visitar a su novia, y se encontró con enfrentamientos entre uniformados y manifestantes.