miércoles, octubre 4

El regalo de Duque a Sarmiento Angulo y a otros “Dueños del Cielo y del Infierno”

Por: Daniel Rojas Medellín

@DanielRMed

Mineros S.A. es un Grupo Empresarial dedicado a la exploración y explotación de metales preciosos, especialmente oro. El Ministerio de Minas y Energía le  reconoció la existencia de 29 Reconocimientos de Propiedad Privada (en adelante RPP) a ésta compañía, ubicados en 36.000 hectáreas que abarcan los municipios de Nechí, El Bagre, Zaragoza y Caucasia en Antioquia.  Dentro de los principales accionistas de Mineros S.A., se encuentran Corpofinanciera S.A de propiedad de Luis Carlos Sarmiento Angulo, el Grupo Colpatria y la canadiense Scotiabank.

En un documento que el economista especializado en Derecho Minero Energético, Álvaro Pardo, está construyendo,  señala que los RPP  tienen su origen en el S. XIX, época en la que los estados federados y el mismo libertador concedieron la propiedad de ciertas áreas que contienen minas de oro, plata y platino a propietarios que luego denominaron: “Dueños del cielo,  dueños del infierno”. Estos derechos adquiridos empezaron a ser reconocidos desde la  Constitución Política de 1886 hasta la constitución de 1991 que protegió también ese derecho excepcional de particulares a poseer la propiedad del subsuelo en el artículo 332:

“El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes”

El artículo 227 de la ley 685 de 2001 por la cual se expidió el código de minas, en  lo relativo a las regalías que debieren pagar los propietarios privados del subsuelo  expresa taxativamente que “En el caso de propietarios privados del subsuelo, estos pagarán no menos del 0.4% del valor de la producción calculado o medido al borde o en boca de mina, pagadero en dinero o en especie. Estos recursos se recaudarán y distribuirán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 141 de 1994. El Gobierno reglamentará lo pertinente a la materia”.

Después de varios intentos para normar lo anteriormente dispuesto, a  diciembre de 2018 el artículo en mención no había sido reglamentado y como señala Pardo, lo que más preocupa es la enorme deuda que se ha ido acumulando año tras año debido a la diferencia entre unas regalías que las compañías con Reconocimientos de Propiedad Privada (0,4%) pagan en la actualidad, y las que pudiese reglamentar el Ministerio de Minas y Energía que, por disposición de la Corte Constitucional, podrían llegar al 6% para oro y al 10% para carbón. Sobre esa deuda el Plan Nacional de Desarrollo guarda sepulcral silencio.

El Regalo en el PND

El artículo 178 del Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno Duque, establece las regalías por la explotación de recursos naturales no renovables de propiedad privada, en los porcentajes que se detallan en el siguiente cuadro, en el que Pardo, en una tercera columna, incluye los porcentajes por regalías que se pagan en la actualidad por lo dispuesto en la Ley 756 de 2002, para observar con precisión los beneficios que obtienen los actuales propietarios de RPP

Como se observa,  las regalías propuestas en el PND para carbón son apenas la mitad de las regalías que se cobran a todos los demás explotadores de carbón en el país. En palabras de Álvaro Pardo:

No se conoce la explicación sobre este tratamiento preferencial y ciertamente beneficia a un grupo pudiente de familias que desde la expedición de la Ley 685 de 2001 pagaron regalías del 0,4% desde el 2001 y no al 5% o al 10%, dependiendo del nivel de producción, como señala la ley 756 de 2002

En síntesis, el Plan Nacional de Desarrollo les regala mediante el artículo 178, millonarios recursos que debieran invertirse en las regiones productoras de minerales, que paradójicamente son las más pobres del país, a unos pocos acaudalados a los que les exime de socializar las ganancias que obtienen por dicha explotación. ¿Pacto por la Equidad?

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