La Corte Suprema de Justicia declaró improcedente un fallo que había declarado al Valle de Cocora como sujeto de derechos, con el cual se estipulaban una serie de acciones para proteger la reserva ambiental.
La decisión en segunda instancia fue revocada en vista de que alto tribunal no encontró conexión entre la vulneración del derecho colectivo al medioambiente y la “violación de los derechos fundamentales a la salud, la vida, la dignidad o al mínimo vital”, dice el fallo.
En esa línea, la Corte exhortó a la Alcaldía de Salento, la Gobernación del Quindío y la Corporación Autónoma Regional del Quindío, para que sigan adelante con el estudio de capacidad de carga ambiental y su implementación en el Valle de Cocora.
Esto, de acuerdo a la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, que declaró en el noviembre del año pasado al Valle del Cocora como sujeto de derechos, tras una tutela interpuesta por el presidente del Concejo municipal de Salento y ambientalista, Jaime Arias García.
Según El Tiempo, el concejal aseguró que sobre la determinación de la Corte que es “es una sentencia desfavorable para el territorio por el solo hecho de desaparecer la figura que lo protegía. Lo cierto es que la ley en el Valle de Cocora es clara, se debe implementar un modelo de turismo sostenible”.
Una de las razones que motivaron al concejal a presentar la acción jurídica fue el turismo desbordado que se venía desarrollando en este patrimonio natural de Colombia.