En las últimas horas se conoció que la Corte Suprema de Justicia le negó la solicitud de suspender el proceso de extradición hacia los Estados Unidos al exjefe del Clan del Golfo, alias Otoniel. Además rechazó que se enviara el expediente de ‘Otoniel’ a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
La Corte argumentó que ‘Otoniel’ no fue incluido en los listados entregado al gobierno nacional por las extintas Farc, por lo que no puede ser reconocido como miembro de esa organización y debe seguir en curso su extradición a Estados Unidos donde lo requieren por el delitos de narcotráfico y concierto para delinquir
“No ha suscrito Acto Administrativo mediante el cual reconozca al señor DAIRO ANTONIO ÚSUGA DAVID (…) como miembro integrante de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo FARC-EP y por ende no se encuentra acreditado. De igual manera, revisados los listados entregados por las extintas FARC-EP al Gobierno nacional, se pudo verificar que el nombre de la persona referenciada no fue incluido”, explicó la Corte Suprema de Justicia.
No obstante, la JEP espera que antes del proceso de extradición ‘Otoniel’ brinde los testimonios correspondientes a los hechos delictivos que ocurrieron entre 2006 y 2008, cuando estaba desmovilizado del Bloque Centauros de las AUC “pero simultáneamente actuó como tercero civil en el conflicto armado”, que de acuerdo con las versiones que ya ha dado presuntamente salpican a varios miembros de la fuerza pública, empresarios y políticos.
Aunque la JEP no se ha referido a la decisión de la Corte, el medio El Colombiano explica que en caso de objetar esa determinación entrarían en un pleito que podría trascender hasta la Corte Constitucional.