lunes, enero 20

Congresistas no podrán votar proyectos de ley que beneficien a sus financiadores de campaña

La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inconstitucional la norma que permitía a los congresistas que votaran por leyes que favorecían a sus financiadores de campaña.

Se trata del artículo primero de la ley 2033 de 2019 que consentía que los congresistas participaran en la discusión y votaran por artículos de proyectos de ley que beneficiaban a sectores económicos que financiaron sus campañas sin tener que declarar que había un conflicto de intereses.

“Cuando el congresista participe, discuta o vote proyectos de ley o acto legislativo sobre sectores económicos de financiadores de su campaña, siempre y cuando no genere beneficio particular, directo y  actual para el congresista, solo debe informarlo”, decía el apartado declarado como inexequible.

Ante la derogación de la norma, la Corte argumentó que “no permite alcanzar el supuesto fin de transparencia en la financiación de las campañas políticas de un determinado congresista, por cuanto su resultado no es el apartamiento del congresista respecto del asunto sobre el cual recae el conflicto de intereses”.

Y, agregó “los  miembros de las corporaciones públicas de elección popular representan al pueblo, el cual es el titular exclusivo de la soberanía y el origen del poder público, y no solo a los financiadores de su campaña electoral”.

Según informó el diario El Tiempo, la demanda fue presentada  por el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo y el exmagistrado del Consejo Nacional Electoral Armando Novoa, quienes aseguraron que esa disposición vulneraba el principio democrático y era contraria a los fines esenciales del Estado, al permitir que los intereses de sectores económicos interfieran en el debate legislativo.

La decisión de la Corte Constitucional ha sido celebrada por algunos congresistas

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