Por Alejandra Peña
Los trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios seguirán cotizando a seguridad social mes vencido.
El Ministerio de Trabajo anunció este viernes que, con la entrada en vigencia del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018-2022, derogó los cambios que ya se habían aprobado en el año 2018 para la liquidación de aportes a seguridad de los trabajadores independientes.
Mintrabajo afirmó que se anuló el artículo 135 de la Ley 1753 de 2015 y, por ende, el decreto 1273 de 2018 pierde vigencia y esto indica que las empresas contratantes ya no harán la retención y el giro de aportes.
La entidad reseñó que “a partir del 25 de mayo de 2019, los trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios deberán continuar efectuando el pago de sus aportes a la seguridad social a mes vencido, directamente mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila)”.
Con el Plan Nacional de Desarrollo (PND), el Gobierno implementará el mecanismo para hacer que los pagos se realicen mensualmente.