La Corte Constitucional avaló el impuesto adicional que deben pagar los bancos para el periodo comprendido entre el 2020 y el 2022 y negó que esta disposición atente contra el principio de la equidad tributaria.
Recordemos que este impuesto fue establecido en el Estatuto Tributario y está contemplada bajo la configuración que tiene el Congreso al definir la política tributaria.
Uno de los argumentos de las entidades financieras es que esta sobretasa atenta contra el principio de la equidad tributaria, a lo que la Corte le dijo que las entidades financieras gozan de algunos beneficios tributarios con los que no cuentan las demás sociedades comerciales, por lo que no son sujetos comparables.