Senadores del Polo, Colombia Humana y MAIS junto con la Corporación Cajar, Movice, CCEEU y otras organizaciones, presentaron tres demandas ante la Corte Constitucional en las que afirman que en la Ley de orden público se desconocieron los derechos a la consulta previa, la participación ciudadana y lo pactado en el Acuerdo de Paz.
Este miércoles, los senadores Gustavo Bolívar, Iván Cepeda y la Representante Ángela María Robledo, junto con otras organizaciones sociales defensoras de los Derechos Humanos, presentaron tres demandas, con el fin de que se declare derogado del artículo 2 y 3 de la Ley de orden público.
Los demandantes afirman que las normas no fueron consultadas y no aceptan la participación ciudadana, pero sí afecta directamente los derechos de las comunidades.
Los senadores también argumentan que estos artículos podrían desviar recursos destinados a la paz hacia políticas de seguridad, desconociendo la competencia de órganos creados por el Acuerdo Final de Paz.
Finalmente, reseñaron que el artículo 2 y 3 de la Ley de orden público restringe las facultades del presidente para negociar diferentes acuerdos de paz con otros grupos guerrilleros en un futuro.
Los demandantes se cobijaron en el mandato de la Corte Constitucional, que indica que la paz, como derecho y deber, “obliga a expulsar del ordenamiento jurídico leyes que estimulen la violencia” y, por ende, que pueden convertir conflictos políticos en armados