viernes, enero 17

Regulación de las drogas y el tratamiento de salud pública (II)

Por: Luis Guillermo Pérez Casas / Defensor de derechos humanos

“A veces sólo puedes encontrar el cielo, alejándote lentamente del infierno” Carrie Fisher

Como lo hemos visto la comunidad internacional debe replantearse el error de criminalizar la producción, el comercio y consumo de sustancias psicoactivas de origen natural: marihuana, hoja de coca, amapola y todos sus derivados.

Se trata entonces en primer lugar de despenalizar y establecer un nuevo enfoque de seguridad y establecer una política de salud pública que considere todas las causas y consecuencias del fenómeno de producción, comercialización y consumo. Como lo he dicho en la anterior columna, cualquier desarrollo de estas ideas deben tener una amplia concertación y consulta previa con comunidades indígenas y afrodescendientes. Su implementación deberá ser progresiva, a partir de las experiencias nacionales e internacionales que han permitido avanzar hacia la regulación.

El primer mito a desmontar es el de considerar que la represión previene el consumo. Otro mito que hay que desmentir es que la despenalización signifique desregulación. Despenalizar el mercado de las drogas no puede convertirse en la posibilidad de que el negocio sea explotado por operadores particulares con el único ánimo de lucrarse. Nada más contrario a los principios que emanan del Estado Social de Derecho.

El consumo de drogas es un fenómeno de carácter multicausal generado por condiciones económicas, sociales, familiares y culturales propias de la sociedad o el medio en el que se desenvuelven las personas, el consumo debe ser abordado como un asunto de salud pública.

La solución requiere del compromiso y el trabajo conjunto entre las autoridades, la comunidad y la familia en torno a una política de promoción en salud, prevención, atención integral[1] e inclusión social, con especial énfasis en niños, niñas y adolescentes.

La política frente al consumo de drogas debe ser una prioridad y una política de Estado que requiere, entre otros, el fortalecimiento de las capacidades, tanto nacionales como territoriales, en el marco del sistema de protección social, y la disposición correspondiente de recursos.

En primer lugar la siembra y uso de la marihuana, la hoja de coca y la amapola, deben estar asociadas a las tradiciones ancestrales de las comunidades, en segundo lugar vinculadas a una política ambiental y en tercer lugar su legalización debería favorecer a las comunidades indígenas, afros y campesinas que han sido victimizadas.

El criterio de la implementación progresiva empieza por la producción de la marihuana, el cannabis es la droga ilegal más popular del mundo con unos 192 millones de consumidores.

En Colombia el Acto Legislativo 02 de 2009 estableció “el porte y el consumo de sustancias

estupefacientes o sicotrópicas están prohibidos, salvo prescripción médica. Con fines preventivos y rehabilitadores la ley establecerá medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico, profiláctico o terapéutico para las personas que consuman dichas sustancias. El sometimiento a esas medidas y tratamientos requiere el consentimiento informado del adicto.”

El Congreso de la República expidió la Ley 1787 del 6 de julio de 2016, por la cual se reglamenta el Acto Legislativo 02 de 2009, creando un marco regulatorio que permite el acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis y sus derivados en el territorio nacional colombiano, reglamentado mediante el Decreto 613 del 2017, que a su vez fue reemplazado por el Decreto 811 de 2021, que establece los requisitos y procedimientos para otorgar licencias.

De destacar que no solamente no se incluye en este Decreto a las comunidades indígenas, afros y campesinas históricamente reprimidas, ni siquiera a las que conforme al Acuerdo de Paz, se sometieron la sustitución voluntaria de cultivos de “uso ilícito”, sino que incluso si tuviesen cultivos de cannabis tendrían que someterse al absurdo de destruirlos para volver a sembrar una vez consigan la licencia. El Decreto posibilita otorgar licencia a firmas extranjeras en detrimento de lo que debería ser objeto de soberanía y riqueza nacional, permite además la exportación con valor agregado, accediendo al ingreso de la flor a zonas francas para ser cortada y secada y realizar actividades de transformación, empaque y reempaque.

Según un estudio de 2019 de la Fundación para la Educación Superior y el Desarrollo (Fedesarrollo), el sector del cannabis genera en Colombia un promedio de 17,3 empleos agrícolas formales por hectárea y podría generar 7.772 de ellos para 2025 y 26.968 para 2030.

Colombia debería tener un centro de investigación público dedicado de forma exclusiva a la búsqueda de posibilidades médicas y científicas de las sustancias psicoactivas de origen natural, además se explorarán posibilidades para la producción de sepas de alta calidad y bajo impacto ambiental. Hoy el Decreto 811 de 2021permite “para fortalecer la investigación científica que a través de autorizaciones extraordinarias a instituciones de educación superior, se adelanten investigaciones sobre la planta de cannabis y sus derivados”.

La producción y comercialización se hará con dos finalidades: para la investigación científica y desarrollos medicinales y para el consumo recreativo y, este último acompañado de políticas que prevengan la dependencia y ayude a las personas adictas para que superen su adicción.

El consumo con fines recreativos por tanto debería ser controlado y ofertado a nivel nacional y en los países que han regulado su mercado para la venta de estas sustancias y de sus derivados, con ellos se adelantarán los convenios pertinentes. El mercado ilegal será perseguido de forma contundente.

Se prohibirá la propaganda en favor del consumo, la venta a menores de edad y su utilización en espacios públicos.

El Estado colombiano debe garantizar el acceso a información de calidad respecto del consumo y la atención de la población que padece dependencia a estas sustancias. El sistema de salud debe ser modificado con miras a atender a los pacientes que lo requieran.

La despenalización debe estar en todo caso acompañada del monopolio del mercado en cabeza del Estado, teniendo como principio base de todas las decisiones la prevención y el cuidado de la salud, así como la destinación de los recursos para el acompañamiento de los consumidores dependientes y para el fortalecimiento de los territorios que han sido duramente afectados por el narcotráfico. Es decir darle un tratamiento de salud pública a la problemática.

Entre otras cosas, deben ser puntos infaltables de la regulación y establecimiento de mecanismos de control de calidad de las sustancias, la prohibición de suministrarlas a menores de edad, la coordinación con las instituciones educativas para realizar programas pedagógicos de no consumo, el control de la circulación en establecimientos autorizados, la prohibición de publicidad y lo más importante, la regulación de los territorios autorizados para sembrar.

En consecuencia al tratar el problema como una política de salud pública el gobierno debería crear un Programa Nacional de Intervención Integral para la atención de consumidores dependientes el cual se articularán las instituciones con competencia en la materia, esta tendrá como principios orientadores:

• Enfoque de derechos humanos: las acciones encaminadas a la prevención y superación del consumo, así como a la mitigación de riesgos y daños, deben estar enmarcadas en el respeto y goce efectivo de los derechos de las personas que implica, entre otros, la no estigmatización o discriminación del consumidor y su no persecución penal en razón del consumo.

• Enfoque de salud pública: las acciones frente al consumo de drogas ilícitas deben ser integrales, efectivas y sostenibles en el tiempo, e incluir una labor promocional de estilos y condiciones de vida saludables, la prevención del consumo, el tratamiento y la rehabilitación, a partir de la identificación de las necesidades en salud de la población.

• Enfoque diferencial y de género: en el marco del respeto a los derechos humanos, para que las acciones que se implementen en materia de consumo respondan a las realidades de los consumidores y las consumidoras y sean efectivas y sostenibles, es necesario identificar factores de vulnerabilidad asociados a edad, sexo, condición de discapacidad, condición socioeconómica y ubicación geográfica o pertenencia a la población LGBTI, entre otros.

Participación comunitaria y convivencia: Para lograr la mayor efectividad de las acciones en materia de consumo de drogas se debe contar con la participación comunitaria en la construcción e implementación de las soluciones que permitan crear vínculos sólidos de las personas con su comunidad.

• Fundamento en la evidencia: Con el fin de tener información suficiente y actualizada en materia de promoción en salud, prevención y atención integral del consumo de drogas ilícitas que contribuya a la toma de decisiones y que sirva como insumo para el diseño, la implementación, el seguimiento, la evaluación y ajustes de la política basada en evidencia, se adelantarán las siguientes medidas:

  1. Elaborar investigaciones y estudios especializados relacionados con el consumo de drogas
  2. Hacer seguimiento a indicadores sobre el consumo e impacto de las acciones realizadas.
  3. Adelantar de manera periódica, en coordinación con las autoridades departamentales y municipales, análisis territoriales sobre el consumo de drogas, sintéticas y naturales, que permitan identificar y contextualizar la problemática, riesgos, vulnerabilidades, tendencias, consecuencias y nuevas dinámicas de consumo de drogas.
  4. Crear mecanismos de difusión de la información sobre el consumo de drogas considerando los diferentes públicos de interés.

Finalmente el nuevo marco de regulación debe contemplar los mecanismos de transformación territorial, las formas de participación comunitaria en el nuevo esquema de producción y distribución, la atención a consumidores dependientes, diseño de políticas de educación para la prevención del consumo y finalmente, la regulación del uso recreativo de sustancias psicoactivas.

Sobre este último punto, cada uno de los eslabones del mercado de alucinógenos será diseñado, coordinado y operado por el Estado: Para la producción se delimitarán los territorios autorizados para la siembra y se diseñará un régimen de vinculación laboral y de colaboración colectiva con y para las comunidades que hasta ahora han sufrido los efectos del narcotráfico.

  1. Atención integral incluye tratamiento, rehabilitación y reducción de daños.

 

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