Bajo la firma del presidente Gustavo Petro, queda ratificada una nueva ley que impide el empleo de animales por parte de la fuerza pública en contextos como disuasión de manifestaciones, asonadas y alteración de orden público. La normativa establece con claridad que equinos, caninos y otros animales entrenados por las fuerzas de seguridad solo podrán realizar labores de vigilancia, prevención y control en situaciones específicas, como eventos de asistencia masiva, rescate, búsqueda y detección de explosivos.
El texto de la ley deja en claro que la fuerza pública deberá recurrir a otros medios para garantizar su seguridad o controlar situaciones. El personal de la Policía Nacional podrá utilizar apoyos técnicos, tecnológicos u otros disponibles para prevenir y manejar actos contrarios a la convivencia y la seguridad pública. Si estos medios pueden ocasionar daño físico, su uso deberá atenerse a los criterios de necesidad, proporcionalidad y racionalidad según las circunstancias; su implementación será temporal y exclusivamente para el control de la persona involucrada.
En cuanto a los animales que previamente se utilizaban en estas situaciones, la ley establece planes de retiro. La fuerza pública implementará un programa continuo de bienestar, cuidado y protección para asegurar que los animales sean adoptados y ubicados en entornos adecuados. Este programa permanecerá en funcionamiento mientras haya animales en servicio con las fuerzas de seguridad.