Durante el reciente debate de moción de censura al Ministro de Defensa Iván Velásquez, el senador Jota Pe Hernández de la Alianza Verde afirmó que el Gobierno permitía al ELN reclutar menores de edad. Sin embargo, dichas declaraciones fueron desmentidas por parte de el senador Iván Cepeda, quien participa en la delegación del Gobierno en los diálogos con el ELN
Precisamente, el senador Cepeda aclaró que si bien en los acuerdos se establece la prohibición de utilizar a menores de 15 años en el conflicto armado, esto no implica que el reclutamiento de adolescentes de 16 o 17 años sea avalado por el Estado. “Es fundamental entender que la ley penal colombiana sigue vigente y cualquier intento de reclutamiento de menores es punible y debe ser perseguido por las autoridades”, aseguró el Senador.
Hasta el momento, los acuerdos alcanzados entre el Gobierno y el ELN se basan en estándares del Derecho Internacional Humanitario que prohíben el reclutamiento de menores de 15 años en cualquier circunstancia. Esto se refleja en los Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra de 1977, los cuales establecen claramente la protección de los menores en conflictos armados.
Además, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño ratifica la edad mínima de 15 años para la participación de menores en conflictos armados, mientras que la ley colombiana, en consonancia con los protocolos internacionales, prohíbe el reclutamiento de menores de 18 años.
Es importante resaltar que el protocolo establecido en los diálogos de paz con el ELN busca garantizar la protección de los menores y evitar su participación en el conflicto armado. Sin embargo, esto no exime de responsabilidad legal a quienes intenten reclutar a adolescentes de edades superiores, ya que la ley colombiana sigue siendo aplicable en todos los casos.
En conclusión, las afirmaciones sobre la autorización del Gobierno para el reclutamiento de jóvenes por parte del ELN carecen de veracidad. Los acuerdos establecidos en los diálogos de paz buscan proteger a los menores y cumplir con los estándares internacionales, sin embargo, esto no implica una exención de responsabilidad para aquellos que infrinjan la ley penal colombiana.