La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), le otorgó al exmiembro del secretariado de las Farc, Rodrigo Granda, el beneficio de indulto por el delito de rebelión, hecho por el que ya había sido condenado en el 2006, el tribunal aclaró que él debe seguir respondiendo por los demás procesos que pesan en su contra.
Cabe recordar, que el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Cúcuta, Norte de Santander, había condenado en el 2006 a Granda, quien era entonces miembro de la guerrilla de las Farc, a 70 meses de prisión por ser el responsable del delito político de rebelión agravada.
Según fue documentado por El Colombiano, la decisión de la JEP revocó lo dicho por la justicia ordinaria hace 16 años y el fallo que consta de 57 páginas indicó que el delito por el que había sido condenado el exsecretario de las Farc, se considera “amnistiable”.
“La JEP tiene competencia prevalente y exclusiva para conocer de los beneficios penales transicionales contenidos en la Ley 1820 de 2016. Entre ellos está la amnistía de iure. Este beneficio se concede, por ministerio de la ley, a aquellas personas que hubiesen cometido delitos políticos o conexos a éstos y que cumplan con los ámbitos de aplicación” señaló el documento del tribunal.
Entre tanto, fueron muy precisos en aclarar, que el beneficio de indulto solo aplica para el delito de rebelión, por su parte, Granda deberá seguir respondiendo ante la justicia por los demás procesos que pesan en su contra, uno de ellos tienen que ver con el caso 01, que investiga y juzga los secuestros y reclutamiento forzoso cometidos por los miembros de las extintas Farc.
A su vez, el tribunal enfatizó que los beneficios de indulto se mantendrán siempre y cuando, Granda, siga cumpliendo con sus aportes a la verdad, justicia y reparación de la víctimas del conflicto armado en Colombia.