Por: Yulith Almenarez
La sala plena de la Corte Constitucional luego de estudiar las objeciones de la Ley estatutaria presentadas por el presidente Iván Duque, decidió negarlas.
El Magistrado ponente Antonio José Lizarazo, quién ya había sido ponente de esta sentencia de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), no se pronunció de fondo, sobre los seis artículos que el gobierno pretendía modificar. Lizarazo enfocó su ponencia en la revisión de las votaciones que se desarrollaron en las dos cámaras del Congreso de la República.
El análisis para el conteo de las votaciones de Lizarazo, partió de la premisa de descontarle a los 108 congresistas, los votos de los 14 impedidos, entre los cuales están los del Partido FARC y el de Aída Merlano, senadora del Partido Conservador que fue destituida por compra de votos. El número de participantes quedó en 92, número par, razón para que la mayoría absoluta se compuso de la mitad (46) más uno (1), es decir (47) votos.
Los 8 Magistrados votaron a favor de la ponencia presentada por Lizarazo. El presidente Duque deberá sancionar la Ley Estatutaria de la JEP, tal y como fue ordenada en primera instancia la Sentencia C- 80 de la Corte Constitucional.