lunes, diciembre 9

Corte constitucional tumba el pago de sobretasa del servicio de energía a los estratos 4, 5 y 6

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Corte Constitucional determinó que el impuesto $4 por kilovatio/hora, aprobado en el Plan de Desarrollo del gobierno de Iván Duque, es inconstitucional.

Tras la determinación de la Corte, los usuarios del servicio de energía en estratos 4,5 y 6 quedarán eximidos del pago de la sobretasa que han venido efectuando desde el 2019.

El impuesto es declarado inconstitucional porque acude al pago de las obligaciones de las empresas privadas como Electricaribe y no a la inversión social, lo cual está prohibido en la constitución.

“No queda duda alguna de que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado, quien tiene el deber de asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional. Sin embargo, dicha finalidad no se concreta en la destinación específica de una renta nacional”, argumentó el alto tribunal.

La sobretasa era utilizada para pagar las obligaciones de las empresas privadas prestadoras del servicio de energía a través del Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos. Lo anterior, vulnera la obligación del Estado de garantizar el acceso a los servicios públicos a toda la población sin que estas incurran en un costo adicional por ello.

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