lunes, enero 20

Corte Constitucional dio luz verde a la asistencia militar en las protestas

La Corte Constitucional avaló el artículo 170 de la Ley 1801 de 2016 sobre la asistencia militar para apoyar a las autoridades en hechos de alteración del orden público, que está contemplada en el artículo 170 del Código de Policía y que fue implementada por el Gobierno de Iván Duque el año pasado en el marco del paro nacional.

Con seis votos a favor y dos en contra los magistrados de la Corte Constitucional fallaron una demanda que pedía declarar la inexequibilidad de la medida anunciada por el Gobierno. 

El magistrado José Fernando Reyes analizó la demanda que presentó la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) en la que expuso tres puntos específicos que consideraban se vulneraba alrededor de ocho artículos de la Constitución Política, y consideraban que el Congreso debió tramitar esta figura como una ley estatutaria, propia de los estados de excepción.

Dentro de los argumentos que presentó la CCJ aseguraron que el Congreso de la República “incurrió en una violación de la reserva de ley estatutaria frente a derechos fundamentales”. Según el Consejo, la asistencia militar podría ser usada para atender asuntos relacionados con el ejercicio del derecho a la reunión, manifestación y protesta. Asimismo, indicó que las Fuerzas Militares asumirían funciones que le corresponden a la Policía nacional.

Sin embargo, la Sala Plena de la Corte no aceptó los argumentos y tras la votación en la alta corte, el Presidente de la República podrá usar la asistencia militar, en los casos que el jefe de Estado considere que es necesaria para afrontar hechos de grave alteración de la seguridad y la convivencia,  riesgo o peligro inminente, o para afrontar emergencias o calamidades públicas.

 

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