Por: Germán Navas Talero y Pablo Ceballos NavasEditor: Francisco Cristancho R.
Un título universitario no es garantía de laaptitud.Cuando se pretende representar a otro en sus intereses, el Estado debe cerciorarse de que el representante sea capaz de ejercer dicha tutela. El Niño Dios todo lo trastoca: para algunos, su llegada cambió el curso de la humanidad, pero a todos su recuerdo nos altera la cotidianidad año a año, incluyendo esta columna; razón por la cual nos excusamos de antemano por la que será una breve lectura. Sea lo primero advertir que este año la visita del niño o del barbado no nos fue muy provechosa, fue poco lo que dejó a su paso y muchas las tareas que penden tras nueve días de comilona, algo de bebida y mucho de pereza.
En medio de la juerga tuvimos oportunidad de conocer un pronunciamiento reciente de la Rama Judicial atinente al examen de Estado para abogados, en el que se fijaban las condiciones y las fechas para su primera versión. Esta prueba, de la que el coautor mayor de esta columna se hace responsable por haber sido su artífice en el Congreso, persigue que todo aquel que aspire a litigar ante una corte de derecho demuestre previamente unos conocimientos mínimos –adquiridos durante su paso por una facultad– que le permitan ejercer la profesión con suficiencia. Recordemos que las implicaciones de la práctica profesional de un abogado en la sociedad no son pocas ni menores, se trata –ni más ni menos– de garantizar la efectividad del derecho fundamental a defenderse, a gozar de un juicio justo y a insistir en la propia inocencia.
Superado este examen, el Estado reconocerá la aptitud del abogado y en consecuencia le autorizará a prestar sus servicios como apoderado judicial. Esto no es nuevo ni es otro trámite dispendioso en el camino a hacerse profesional, existe en la mayoría de los países e incluso en uno que otro es un requisito para graduarse y no solo para litigar. Contra toda evidencia, aún persisten algunas voces –interesadas en mantener el baremo de la educación jurídica bien abajo por estar a cargo o tener participación accionaria en universidades ‘de garaje’– que cuestionan la conveniencia del examen y continúan oponiéndose aun cuando se trata de una ley de la República que superó con éxito el debate parlamentario y fue sancionada por el entonces presidente Iván Duque, de quien su autor (Germán) era un vocal opositor.
Quienes suscribimos esta columna celebramos la reglamentación que se hizo pública en estos días, destacamos el esfuerzo de la Rama y de quienes participaron en la elaboración del examen, y aplaudimos esta y todas las iniciativas tendientes a elevar las exigencias para quienes pretenden dedicar su vida a defender los intereses de otro. A quien le cayó como regalo del Niño Dios este examen fue a Pablo, quien se recibirá en unos meses de abogado y deberá presentarlo en el segundo semestre del próximo año. Un cariño de abuelo a nieto que seguro le será valioso. Para el nuevo año deseamos que se mantenga y se ensanche esta comunidad de lectores –o cofradía de criticones– que soporta con generosidad nuestras impertinencias y un par de apreciaciones medianamente interesantes. Por lo pronto, tengan ustedes unas felices pascuas y que el año por venir sea en todo venturoso.